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Perú incorpora un régimen de “puerto seguro” para proveedores de servicios en Internet: claves del Decreto Legislativo N° 1724

El pasado se publicó el Decreto Legislativo N° 1724, que modifica la Ley sobre el Derecho de Autor (Decreto Legislativo N° 822) e introduce un régimen de exención de responsabilidad aplicable a proveedores de acceso a Internet y a determinados prestadores de servicios en el entorno digital. Esta reforma marca un hito en la evolución del sistema peruano de protección de derechos de autor, al incorporar un esquema de “puerto seguro” frente a infracciones cometidas por usuarios.

La modificación impacta directamente en el Decreto Legislativo N° 822 y establece reglas específicas para proveedores de acceso a Internet, así como para servicios de intermediación digital tales como caching, hosting y motores de búsqueda. Bajo este nuevo marco, estos actores podrán acogerse a eximentes de responsabilidad siempre que cumplan determinadas condiciones legales, principalmente vinculadas a la neutralidad de su actuación y a la diligencia frente a notificaciones de infracción.

¿Qué implica el nuevo régimen?

El Decreto Legislativo N° 1724 reconoce que los proveedores de servicios digitales no siempre tienen control efectivo sobre los contenidos generados o subidos por terceros. En ese contexto, se introduce un sistema que limita su responsabilidad cuando actúan como meros intermediarios técnicos y no participan de forma activa en la infracción.

En términos generales, para acogerse a la exoneración, los proveedores deberán:

  • No tener conocimiento efectivo de la infracción o, al adquirirlo, actuar con prontitud para retirar o bloquear el acceso al contenido.
  • No obtener un beneficio económico directo atribuible a la actividad infractora cuando tengan capacidad de control sobre ella.
  • Implementar mecanismos adecuados para atender notificaciones de presuntas infracciones.

Este modelo se alinea con estándares internacionales que buscan equilibrar la protección de los titulares de derechos con el desarrollo del ecosistema digital, fomentando la innovación sin desproteger la propiedad intelectual.

 

Impacto para empresas y titulares de derechos

Para las empresas tecnológicas y plataformas digitales que operan en Perú, la reforma brinda mayor seguridad jurídica, al delimitar con mayor claridad el alcance de su responsabilidad. No obstante, también impone la necesidad de revisar políticas internas, términos y condiciones, y protocolos de atención de notificaciones para asegurar el cumplimiento de los requisitos legales.

Por su parte, los titulares de derechos de autor deberán adaptarse a un esquema en el que la actuación diligente y la correcta notificación a los intermediarios será clave para la tutela efectiva de sus derechos en línea. La implementación práctica del sistema —incluyendo plazos, formalidades y estándares de prueba— será determinante en su eficacia.

Una reforma estratégica en el entorno digital

La incorporación de este régimen posiciona al Perú en línea con tendencias regulatorias internacionales en materia de responsabilidad de intermediarios digitales. La medida busca fortalecer la protección de los derechos de autor sin generar barreras desproporcionadas para la prestación de servicios en Internet.

En Casas IP Abogados analizamos el alcance de esta reforma y asesoramos tanto a proveedores de servicios digitales como a titulares de derechos en la implementación de estrategias de cumplimiento y defensa en el entorno online. La adaptación temprana a este nuevo marco normativo será clave para mitigar riesgos y aprovechar las oportunidades que ofrece el mercado digital.